La Secretaría de Energía estableció los niveles mínimos de eficiencia energética para acondicionadores de aire de uso residencial, con el objetivo de que cumplan con los estándares de uso racional y eficiencia energética. Mediante la Resolución 814/2013, publicada hoy en el Boletín Oficial, se fijaron los niveles de consumo energético para los equipos acondicionadores de aire de capacidad de refrigeración menor o igual a siete kilovatios (7 kW), que "son los mayoritariamente utilizados en el sector residencial, siendo su participación en el total del mercado cercana al 99%". Estos equipos deberán ajustarse, desde abril de 2014, a la clase B de eficiencia energética en modo refrigeración y clase C de eficiencia energética en modo calefacción; y para abril de 2015, a la clase A de eficiencia energética en modo refrigeración. Los acondicionadores de aire correspondientes a una clase A de eficiencia energética consumen alrededor de 12 por ciento menos de energía que un e